martes, 30 de septiembre de 2014

SI BECCARIA LEVANTARA LA CABEZA 
(O SI SE REPASARA LA CARTA DE LOS DDHH).
REFLEXIÓN POLÍTICAMENTENTE INCORRECTA.

En los primeros cursos de Criminología se me quedaron grabados con facilidad dos principios -tal necesidad, justicia y sabiduría percibí en ellos-: el de separación de poderes, y el de presunción de inocencia.
Un poco más de atención a lo que escribió el francés, vendría más que bien a nuestro ‘atareado’ gobierno (es arduo llevar las tres vertientes a la vez...., se va comprobando).
Un poco de respeto a la valiosa clave para aunar lo científico y la moral más básica, como acuñó el italiano –acrisolada esta moral, con dificultad, en la belicosa historia de Occidente-, sería necesario para tratar a TODO TIPO de PRESUNTO delincuente. Es decir, a CUALQUIER PERSONA. Porque, ‘presunt@s’ podemos ser mañana tú o yo. Cualquiera. 
Sin este ARNÉS que cruza nuestros cuerpos (jurídicos ellos) y defiende nuestra falible humanidad del virulento y superficial vacío (de los insaciables “medios de comunicación-si-te-he perjudicado-no-me-acuerdo”), somos, o podemos ser fácilmente pasto de los voraces media. O lapidad@s en otras latitudes. Y ellos, los media, se justifican en sí mismos. Y si no, se justifican ellos a sí mismos y entre sí. Y los media son el profeta de ‘la Ley’ en nuestros días.


Añadamos la ‘sutil’ reflexión: ¿de qué sirve el proceso judicial sino de PRUEBA? Es ahí donde el derecho se inviste como ciencia, o al menos la emula. Si no puede esperarse a que la maquinaria procesal -tan minuciosa y parsimoniosa ella- se ponga en marcha, y de a luz, ¿de qué sirve esta?.
¿Cómo se puede estar taladrando ya hasta los más recónditos entresijos de la vida de este hombre sin tener aún LA PRUEBA de que es el delincuente que parece ser? Ojo, se entiende ‘cómo se puede”, pero NO que se permita de forma tan impune y unánime hacerlo. ¿De qué sirve repetir una y otra vez en los informativos ‘presunto’ si esta persona ya está unánimemente condenada, merced a la difusión de las presunciones?

“¡En este caso está tan claro” -dirán-, “y ha provocado tanta alarma social!”.. Pues si es así, mayor precaución para quien -de haber error humano-, pudiera no ser culpable, ya que el perjuicio sería proporcional a la difusión previa.

Esperar al proceso jurisdiccional es respetar el engranaje de la Justicia, si es que esta ha de creerse y percibirse como necesaria. Si no, que juzgue la policía, que lo tiene todo más fresquito y a mano. O si no, juzguemos nosotr@s mismos solit@s (con toda la exquisitez medieval del acto).

No sé si lo decía Allport en su teoría sobre el Rumor, pero seguro que antes ya lo tuvo en cuenta Beccaria: “las plumas al viento” se desperdigan como átomos, y en su movilidad rapidísima y deformadora se traza un camino (social) que no deja tiempo ni espacio suficiente para sanar las profundas heridas de la difamación. Haya sido esta basada, o haya sido falsa.

La PIEDAD se encuentra en las más sabias y FUNCIONALES bases del Derecho (ese que aboga por la abolición de la pena de muerte y otras muertes que no se estipulan entre las penas). El Principio de Presunción de Inocencia es a la vez piedad y racionalidad adecuadamente organizadas. Es justicia.

Por si pudiera haber quedado...borroso, proclamo: yo no defiendo la pederastia.

Para más reflexionar:




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