SI BECCARIA LEVANTARA LA CABEZA
(O SI SE REPASARA LA
CARTA DE LOS DDHH).
REFLEXIÓN POLÍTICAMENTENTE INCORRECTA.
En los primeros cursos de Criminología se me quedaron
grabados con facilidad dos principios -tal necesidad, justicia y sabiduría
percibí en ellos-: el de separación de poderes, y el de presunción de
inocencia.
Un
poco más de atención a lo que escribió el francés, vendría más que bien a
nuestro ‘atareado’ gobierno (es arduo llevar las tres vertientes a la vez....,
se va comprobando).
Un
poco de respeto a la valiosa clave para aunar lo científico y la moral más
básica, como acuñó el italiano –acrisolada esta moral, con dificultad, en la
belicosa historia de Occidente-, sería necesario para tratar a TODO TIPO de
PRESUNTO delincuente. Es decir, a CUALQUIER PERSONA. Porque, ‘presunt@s’
podemos ser mañana tú o yo. Cualquiera.
Sin este ARNÉS que cruza nuestros cuerpos
(jurídicos ellos) y defiende nuestra falible humanidad del virulento y
superficial vacío (de los insaciables “medios de comunicación-si-te-he
perjudicado-no-me-acuerdo”), somos, o podemos ser fácilmente pasto de los
voraces media. O lapidad@s en otras latitudes. Y ellos, los media, se
justifican en sí mismos. Y si no, se justifican ellos a sí mismos y entre sí. Y
los media son el profeta de ‘la Ley’ en nuestros días.
Añadamos
la ‘sutil’ reflexión: ¿de qué sirve el proceso judicial sino de PRUEBA? Es ahí donde el derecho se inviste como ciencia, o al
menos la emula. Si no puede esperarse a que la maquinaria procesal -tan
minuciosa y parsimoniosa ella- se ponga en marcha, y de a luz, ¿de qué sirve
esta?.
¿Cómo
se puede estar taladrando ya hasta los más recónditos entresijos de la vida de
este hombre sin tener aún LA PRUEBA de que es el delincuente que parece ser?
Ojo, se entiende ‘cómo se puede”, pero NO que se permita de forma tan impune y
unánime hacerlo. ¿De qué sirve repetir una y otra vez en los informativos ‘presunto’
si esta persona ya está unánimemente condenada, merced a la difusión de las
presunciones?
“¡En
este caso está tan claro” -dirán-, “y ha provocado tanta alarma social!”.. Pues
si es así, mayor precaución para quien -de haber error humano-, pudiera no ser
culpable, ya que el perjuicio sería proporcional a la difusión previa.
Esperar
al proceso jurisdiccional es respetar el engranaje de la Justicia, si es que
esta ha de creerse y percibirse como necesaria. Si no, que juzgue la policía,
que lo tiene todo más fresquito y a mano. O si no, juzguemos nosotr@s mismos
solit@s (con toda la exquisitez medieval del acto).
No
sé si lo decía Allport en su teoría sobre el Rumor, pero seguro que antes ya lo
tuvo en cuenta Beccaria: “las plumas al viento” se desperdigan como
átomos, y en su movilidad rapidísima y deformadora se traza un camino (social)
que no deja tiempo ni espacio suficiente para sanar las profundas heridas de la
difamación. Haya sido esta basada, o haya sido falsa.
La PIEDAD se encuentra en las más sabias y FUNCIONALES
bases del Derecho (ese que aboga por la abolición de la pena de muerte y otras
muertes que no se estipulan entre las penas). El Principio de Presunción de
Inocencia es a la vez piedad y racionalidad adecuadamente organizadas. Es
justicia.
Para más reflexionar: